Impugnación de Comparendos
- jose camacho
- 8 oct 2024
- 1 Min. de lectura
La Impugnación de Comparendos, en el ámbito del tránsito, es común que los conductores enfrenten comparendos por diversas infracciones. Sin embargo, no todos los comparendos son justos o correctos. Aquí te explicamos cómo puedes impugnar un comparendo, ya sea electrónico o manual, y los tiempos que tienes para hacerlo.

¿Qué es un Comparendo?
Un comparendo es una orden formal de notificación para que el presunto infractor se presente ante la autoridad de tránsito por la comisión de una infracción. Este puede ser impuesto de manera manual por un agente de tránsito o de manera electrónica a través de fotomultas.
Tiempos para Impugnar un Comparendo
Comparendos Manuales: Si recibes un comparendo manual, tienes hasta cinco días hábiles para presentarte ante la autoridad de tránsito correspondiente y manifestar tu desacuerdo. Todos los comparendos de embriaguez son manueales y deben ser totalmente notificados en via.
Comparendos Electrónicos: En el caso de los comparendos electrónicos, como las fotomultas, tienes un plazo de once días hábiles desde la notificación para impugnar el comparendo.
¿Por Qué Llegan los Cobros y No los Comparendos?
Es común que los conductores reciban cobros sin haber sido notificados del comparendo. Esto ocurre porque la notificación de los comparendos se realiza a la dirección registrada en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT). Si esta dirección no está actualizada, es posible que no recibas la notificación a tiempo. Es crucial mantener tu información actualizada en el RUNT para evitar estos inconvenientes.
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